domingo, 13 de enero de 2008

Precripción Enfermera II (Postura de Satse)

El Sindicato de Enfermería (SATSE) valora como obsoleto e, incluso, retrógrado el borrador votado antes de ayer por la Comisión de Farmacia del Sistema Nacional de Salud, en el que se recogen los fármacos y productos sanitarios que los profesionales de Enfermería podrán prescribir.

Para SATSE, esta propuesta no responde ni a las necesidades de los enfermeros ni a las de los propios usuarios del SNS. En primer lugar, defrauda a los profesionales por cuanto no supone una mejora en el desarrollo de su labor, concediéndoles la autorización para prescribir únicamente medicamentos y productos sanitarios que se pueden comprar sin receta en la farmacia, lo que se podría considerar una burla a las expectativas de los profesionales y denota un profundo desconocimiento de la realidad enfermera, así como de las necesidades del SNS. Asimismo, perjudica a los usuarios del sistema sanitario, que no obtienen ninguna de las ventajas que supone la prescripción enfermera, imprescindible para el mejor funcionamiento del SNS.

Bálsamo para las elecciones

El borrador presentado no refleja la realidad de los profesionales enfermeros, quienes, en su práctica diaria, realizan habitualmente prescripciones dentro de sus actividades. De esta manera, el Ministerio de Sanidad infravalora a la Enfermería, al mismo tiempo que no reconoce las capacidades profesionales que ésta tiene.

Para SATSE esta propuesta pretende servir como bálsamo (sin receta) ante las próximas elecciones generales, tratando de ganar tiempo y de calmar a los diferentes colectivos profesionales. Así, el texto denota una importante premura y falta de seriedad, incluso conteniendo errores que le llevan a repetir medicamentos de la lista propuesta. Además, establece modificaciones poco importantes, insuficientes y anodinas, las cuales pueden quedar supeditadas a su creación en la Comisión Permanente de Farmacia.

El Sindicato señala, asimismo, las diferencias que se establecen entre la prescripción enfermera y la que podrán realizar los podólogos, ya que en éstos se abre la posibilidad de que las CC.AA puedan determinar las condiciones y requisitos para la prescripción podológica, lo que facilitará su posterior desarrollo.

(Noticia fechada en Madrid, 29 de noviembre de 2007)

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